domingo, 29 de junio de 2014

Sobre los documentos contentivos del expediente del y la estudiante que optan por el Título de Educación Media en sus dos opciones (General y Técnica)


En  cumplimiento  a  lo  establecido  en  la  Constitución de  la  República  Bolivariana  de 
Venezuela (1999), en concordancia con la Ley Orgánica de Educación (2009), Ley Orgánica de 
Protección  del  Niño,  Niña  y  Adolescente  (1998),  Ley de  Extranjería  y  Migración  (2004),  Ley 
Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005),Ley Orgánica de Registro (2009) artículo 
125  del  Reglamento General  de  la  Ley  Orgánica  de  Educación  (2003),  Circular  (s/n)  de fecha 
21/03/2013 y Circular 13 del 02/07/2003 (modificada el 30/03/2007), numeral 2 que expresa: “para 
optar al Certificado de Educación Primaria, al Título de Educación Media en sus dos opciones u 
otras credenciales de carácter académico, los interesados deberán haber aprobado la totalidad de 
las  áreas,  asignaturas  o  similares  de  los  planes  de estudio  correspondientes  y  haber  cumplido 
para el otorgamiento de los mismos, con los requisitos de carácter administrativo establecidos por 
el Ministerio del Poder Popular para la Educación. 
En  este  sentido,  es  importante  considerar  también  que  además  de  cumplir  con  lo  antes 
expuesto, el Expediente del Estudiante contendrá: 
2.1Fotocopia legible de la Cédula de Identidad (V-E). 
2.2  Fotocopia del Pasaporte Diplomático, Carnet Diplomático; Pasaporte Extranjero, en el que 
se  considerará  el  (NIUP)  Número  único  de  identificación  personal.  Asimismo  se  tendrá  en 
consideración  cualquier  otra  forma  de  acreditación  o  identificación  que  responda  a  acuerdos 
suscritos validamente por la República Bolivariana  de Venezuela.  (Ver Disposiciones Finales: 
9.17 y 9.18) 
2.3Fotocopia legible de la partida de nacimiento, con vista al original. 
2.4  Original y fotocopia legible de la certificación de calificaciones, firmadas y selladas por la 
Zona  Educativa  correspondiente,  si  el  (la)  estudiante  estudió  y  aprobó  estudios  en  otro 
Estado  hasta  el  año  escolar  2008-  2009.  Pero  a  partir  del  período  escolar  2009-  2010, 
egreso escolar 2010 se cumplirá con lo establecido en la Circular 007506 del 22/10/2010. 
2.5 Fotocopia legible de la transferencia o equivalencia, si la hubiere. 
2.6 Fotocopia legible del cambio de datos, si lo hubiere. 
2.7 Fotocopia legible de la autorización de materia quedada, si la hubiere.